Dos años después de la publicación de la Ley Orgánica de regulación de la eutanasia, el Tribunal Constitucional ha desestimado «en su totalidad el recurso de inconstitucionalidad presentado por el grupo parlamentario Vox en el Congreso». Acuerdo que no ha suscitado grandes debates, tanto por lo esperado como por los temas políticos que ensombrecían la noticia.
El rechazo a la eutanasia tiene su matriz en la cultura cristiana occidental: «la vida es un don de Dios, y sólo Él puede disponer de ella». Pero, desde esa misma doctrina, se ha permitido acabar con la vida del tirano, del enemigo, en guerra justa, del agresor, en propia defensa, del hereje…
La Ley Orgánica 3/2021 de 24 de marzo, enfrenta dos principios constitucionales: «los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física y moral» y «la dignidad, la libertad y la autonomía de la voluntad». Y opta por despenalizar la eutanasia para quienes quieran hacer uso de ella, acogiéndose a este último con «absoluta libertad, autonomía y conocimiento».
Para ello establece unos requisitos específicos: «padecimiento grave, crónico e imposibilitante», causante de sufrimiento físico o psíquico intolerables. Decreta unos procedimientos largos, meticulosos y estrictos, con doble solicitud, informes de médico próximo y de médico externo…
Todo sometido a una Comisión de Garantías, formada por personal de Sanidad y del Derecho, que supervise si la petición se ajusta a la Ley o no. Durante el primer año de funcionamiento se han registrado en España 281 solicitudes, de las que han recibido la eutanasia 171, según datos del Ministerio de Sanidad. No hay información acerca de las 110 solicitudes no atendidas. Puede ser que no cumplieran los requisitos o que la compleja burocracia que hay que seguir las haya retrasado.
La eutanasia es una modalidad de muerte que ha llegado para quedarse, a la que puede acogerse toda persona que se encuentre en el «contexto eutanásico» que contempla la Ley. Nadie está obligado a pedirla, ni a impedirla a los demás. Lo que sí parece necesario es conocer perfectamente la Ley, por si hay que hacer uso de ella, porque los procedimientos son largos y complicados. Tanto es así, que muchos sanitarios, aun siendo partidarios de la misma, se harán «objetores», para no cumplimentar la compleja documentación «pre y post mortem» que les exige el protocolo. Conocer nos posibilita analizar, valorar y tomar decisiones razonables sobre lo que afecta a nuestras vidas y a la de los demás.
Publicado en IDEAL de Granada el lunes 3 de Abril de 2023